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LA GOBERNACIÓN DE LA PAZ EMITIÓ EL AUTO DE BUEN GOBIERNO POR EL REFERENDO DE LOS ESTATUTOS AUTONÓMICOS

La Paz, 16 de septiembre de 2015 (RPI).- Mediante la Resolución Administrativa Departamental No. 676/2015 firmada por el gobernador Félix Patzi Paco de la fecha se establece el marco regulatorio para resguardar y garantizar la seguridad, el orden público y normal desarrollo del Referendo Aprobatorio del Estatuto Autonómico del Departamento de La Paz, a desarrollarse el día domingo 20 de septiembre de 2015.

“Les pido a la población que seamos respetuosos de nuestro acto democrático más importante del día 20 de septiembre para llevar a cabo el refrendo de aprobación o no aprobación del Estatuto Autonómico”, dijo Patzi en conferencia de prensa a los periodistas.

(PROHIBICIONES ELECTORALES). Para el proceso de Referendo Aprobatorio del Estatuto Autonómico del Departamento de La Paz, regirán las siguientes prohibiciones:

1.         Queda terminantemente prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, en establecimientos públicos y privados (Domicilios particulares, Tiendas, Hoteles, Restaurantes, Bares y Cantinas y otros) en toda la jurisdicción del Departamento de La Paz, a partir de las cero (00:00) horas del día viernes 18 de septiembre de 2015, hasta las doce (12:00) horas del día lunes 21 de septiembre de 2015.

2.         Desde las cero (00:00) horas hasta las veinticuatro (24:00) horas del día de la elección, dentro la jurisdicción del Departamento de La Paz, queda terminantemente prohibido:

a)         Portar armas de fuego, punzo cortantes o instrumentos contundentes y peligrosos,  no estando comprendidas en esta prohibición las instituciones encargadas de mantener el orden público.

b)         Realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo.

c)         El traslado de ciudadanos de un recinto electoral a otro por cualquier medio de transporte.

d)         La circulación de vehículos motorizados sean particulares, de servicio público u oficiales que no exhiban en lugar visible la autorización extendida por el Tribunal Supremo Electoral o Tribunal Electoral Departamental.

3.         Quedan prohibidos los viajes interdepartamentales, interprovinciales e intermunicipales por cualquier medio de transporte (terrestre, aéreo, por cable, ferroviario, acuático) el día domingo 20 de septiembre de 2015, dentro de toda la jurisdicción del Departamento de La Paz, con exclusión de los que realicen los funcionarios del Órgano Electoral o las instituciones encargadas de mantener el orden público en cumplimiento de sus funciones, asimismo están exentos de ésta prohibición los vuelos internacionales en tránsito.

 (SANCIONES). El incumplimiento a las prohibiciones establecidas en la presente resolución será sancionado conforme a las sanciones establecidas en la Resolución TSE/RSP/L701 N° 074/2015 de 9 de septiembre de 2015, emitida por el Tribunal Supremo Electoral.

 (CUMPLIMIENTO). Queda encargado del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución, la Dirección de Seguridad Ciudadana del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz en coordinación con el Comando Departamental de la Policía Boliviana,  Fuerzas Armadas, el Tribunal Electoral Departamental – La Paz y la ciudanía en general.

 (DIFUSIÓN). La Dirección de Comunicación Social del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, queda encargada de difusión de la presente Resolución en los diferentes medios de comunicación.

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